El 4 de abril de 2007, en el marco de una huelga del sindicato docente ATEN, perteneciente a la CTERA, se decidió hacer un corte de la ruta 22 a la altura de Arroyito, cerca del pueblo de Senillosa, como medida de protesta. La decisión fue tomada en asamblea por la mayoría de los afiliados al sindicato. Fuentealba no compartía la decisión de hacerla en ese lugar porque lo consideraba peligroso, pero accedió a la voluntad de la mayoría.
Ese día la policía provincial recibió la orden del gobernador Jorge Sobisch de impedir que los manifestantes cortaran la ruta.
La policía dispersó con balas de goma, gases lacrimógenos, bombas de pintura y un carro hidrante en dos ocasiones. Muchos se refugiaron en una estación de servicio cercana (perteneciente al cuñado del gobernador, Fernando Ponte) y otros eran perseguidos por policías a pesar de haberse retirado de la ruta. Tras una conversación entre dirigentes y policías en la estación de servicio, se detuvo el accionar policial y los docentes se retiraron en grupo, a pie y en autos, hacia la ciudad de Senillosa, escoltados por camionetas policiales.
Fuentealba se encontraba en el asiento trasero de un auto Fiat 147 patente ACM 169 que huia del lugar, cuando un policía de nombre José Darío Poblete, integrante del Grupo Especial de Operaciones Policiales (GEOP) de la ciudad próxima de Zapala, arrojó una granada de gas que traspasó el vidrio del auto impactando en Fuentealba, que se encontraba a unos 2 metros de distancia, y disparó una granada de gas lacrimógeno marca Towers. El cartucho de gas lacrimógeno atravesó el vidrio del vehículo e impactó en la nuca de Fuentealba, causándole un hundimiento de cráneo. En el hospital provincial fue sometido a dos operaciones ]y finalmente murió al día siguiente.
El día en que murió Fuentealba tenía 40 años, y dos hijas de 10 y 14 años.
El 4 de junio de 2008 comenzó el juicio oral contra el policía José Darío Poblete, en el marco de la causa "Fuentealba I".
La Cámara en lo Criminal Primera lo encontró responsable de "homicidio calificado, por haber sido cometido por un miembro integrante de las fuerzas policiales abusando de su función, con la agravante de haber sido cometido con violencia mediante el empleo de un arma de fuego, agravado por alevosía, en concurso ideal" y condenado a prisión perpetua.
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